DERECHOS DEL
PACIENTE
Y EL ABORTO
PROFESORA:
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INTEGRANTES:
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Lic. Estrella Marquina
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Erika Araujo
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Migdalia Díaz
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Maryuri Gil
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Reina Tirado
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Clemencia Mujica
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Matilde Hedes
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DERECHOS DEL PACIENTE
1) RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA.
2) RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO.
3) RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.
4) DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN.
5) OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.
6) SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.
7) CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.
8) RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA.
9) CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO.
10) SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.
2) RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO.
3) RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.
4) DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN.
5) OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.
6) SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.
7) CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.
8) RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA.
9) CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO.
10) SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.
DERECHOS DEL PACIENTE
EN LA INVESTIGACIÓN
Todo usuario que quiera participar de una investigación clínica determinada, recibirá un documento detallando toda la información sobre el estudio en el cual participaría para que este lo acepte y firme que está de acuerdo a realizarlo. El tratamiento médico debe estar detallado en un lenguaje comprensible y sencillo para que el usuario pueda comprenderlo y además, debe incluir la siguiente información sobre el medicamento o tratamiento a investigar. Debe incluir un párrafo donde se exprese el derecho del usuario a abandonar el tratamiento o estudio en cualquier momento sin que esto afecte otros tratamientos o la relación con su médico.
ABORTO
Proviene del latín abortus.
Es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo, cuando éste todavía no haya llegado a las veinte semanas. una vez pasado ese tiempo, la terminación del embarazo antes del parto se denomina parto pretérmino.
ABORTO SOCIAL
(VIOLACIÓN)
El aborto es diversamente considerado en distintas sociedades: para algunos es un procedimiento más para la limitación de la progenie; para otros, es un atentado contra la vida de un ser humano no nacido. Son muchos los prejuicios en la sociedad con respecto a este tema, sin embargo en las distintas naciones lo que más influye es la “legalidad o no legalidad” del mismo.
ABORTO TELEGÓNICO
El lanzamiento se realizó en El Nuevo Circo. El miércoles 18 de marzo de 2011 fue lanzada en Venezuela la línea telefónica Aborto Información Segura. Este servicio pretende llenar un vacío en la información que rodea el uso del medicamentos… para la interrupción del embarazo no deseado en forma segura para la salud de la mujer.
PRINCIPIOS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA RELACIONADA CON LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
U.N.E ROMULO GALLEGOS
AULA MÓVIL CUE CARACAS
ETICA PROFESIONAL
CORTE V SECCIÓN 9 B.
PRINCIPIOS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA RELACIONADA CON LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD.
INTEGRANTES:
Barrios Yuliana. C.I: 19.155.430.
Guerra Yoleida. C.I: 18.221.025.
Guerrero Virginia. C.I: 14.141.145.
Guzman Gabriela. C.I: 18.830. 894
Guzman Gabriela. C.I: 18.830. 894
Pacheco Andreína. C.I: 20.132.809.
Sandoval Yanire. C.I: 15.930.298.
CARACAS, FEBRERO 2014.
INDICE
Pág.
Pág.
1. Portada……………………………….………………………….….1
2. Índice…………………………………………….…………......…...2
3. Introducción………………………………………………....……….3
4. Dilemas Éticos…………………………………….................…….....4
5. Principales Principios…………………………………............………5
6. Variados Dilemas Éticos……………………………...........………...5
7. Criterio Para la Toma de Decisiones……………..................…….….6
8. Mística en el Ejercicio Profesional de Enfermería…............……..……7
9. Secreto Profesional……………………………………………...…...8
10. ¿Que implica saber un secreto profesional de enfermería?....................10
11. Responsabilidad Legal en el Ejercicio de Enfermería………......…..…11
12. Figuras Jurídicas aplicables en la práctica de enfermería….…….….....11
13. Sanciones………………………………….................……….…..…13
14. Conclusión……………………………………………...……...…….16
15. Bibliografía…………………………………………..................…….17
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo expondremos los dilemas éticos de enfermería, el secreto profesional y las sanciones que se utilizan para penalizar cualquier falta en la que haya incurrido el profesional de enfermería. El dilema ético lo definimos muy brevemente como la contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por omisión, que enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Para poder elegir una decisión oportuna es necesario contar con los principios de: No Maleficencia, Beneficencia, Justicia, Autonomía.
En la labor diaria de enfermería nos encontramos con diversos dilemas éticos entre ellos están: La Eutanasia, La Ortotanasia, La Distanasia y La Eufenesia, para poder manejar esto en nuestro día a día es necesario saber acerca de los criterios de las toma de decisiones:Santidad de la vida, Promoción de la Salud, Tomar decisiones bajo Dolor y Estrés yDignidad de la persona, las cuales más adelante se desarrollaran sus conceptos y sabremos de donde proviene el saber tomar las medidas necesarias y fundamentales en cualquier situación que se nos presente en la práctica de nuestra profesión.
La mística en el ejercicio profesional de enfermería no es más que la actuación del profesional de enfermería de una manera más humanista, empática, en donde actuemos con los principios éticos de la profesión y con espiritualidad. El secreto Profesional de enfermería es inherente a la profesión y se define como la confidencialidad de alguna información que se le proporciona a alguna persona esperando su discreción, también estudiaremos y encontraremos ¿Qué implica guardar un secreto profesional?, veremos la responsabilidad legal que presenta el profesional de enfermería a través de las figuras jurídicas (negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) y las sanciones que se le imputa a los profesionales al actuar de la manera contraria que dicta la ley.
DILEMAS ETICOS
Es cuando existe contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por omisión, que enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Ej: Ella preserva la vida y alivia el sufrimiento, o de éste y el paciente. Ej: Denuncia de malos tratos frente al deseo del paciente de ocultarlos.
Este tipo de situaciones resultan siempre difíciles de resolver. Así por ejemplo ante problemas como el aborto o la anticoncepción, el asesoramiento genético, la recogida de muestra del ADN, los abusos sexuales y los malos tratos, la petición del paciente de suspensión de un tratamiento, las órdenes de no reanimación, la donación de órganos o la solicitud de confidencialidad no debida o de Eutanasia, el profesional de enfermería a veces se encuentra ante la necesidad de tener que optar entre sus propias convicciones morales, el deseo de los pacientes y en algunos casos las normativas éticas legal vigente.
Ante este tipo de situaciones, lo primero que conviene hacer es delimitar el conflicto, si es preciso, sometiendo el estudio del caso a otro colega o profesional de la salud o al comité de ética de la institución donde se trabaje, para valorar las circunstancias individuales del paciente y los motivos que le llevan a tomar la actitud que provoca el dilema, y confrontar dicha actitud en el código deontológico de la profesión.
A partir de este análisis se debe plantear las alternativas éticas y legalmente posibles al paciente informándole de la postura al respeto de la institución, el equipo interdisciplinar o el propio profesional como individuo, y permitirle la libre elección de la opción que desee.
Si con todo el conflicto persiste, el profesional de enfermería deberá regir su actuación por la normativa vigente en la institución y el país en los que desarrolla su trabajo, sino entra en conflicto con sus convicciones personales, pudiendo acogerse en este último caso por ejemplo: “Cuando una actuación determina, no vital, esté aceptada institucionalmente pero prescrita por la creencia religiosa del enfermero o la enfermera”, a la objeción de conciencia, basada en criterios técnicos y morales, y siempre que con ello no transgreda algún principio básico de la profesión ni ponga en riesgo la salud con la vida del paciente.
Los principales principios que son de gran importancia al momento de tomar una decisión ética:
En la labor diaria el profesional de enfermería se encuentra enfrentado a diversos y variados dilemas éticos especialmente cuando el paciente se encuentra en estado crítico. Entre los más frecuentes:
La eutanasia puede ser activa o pasiva, la primera hace referencia a producir o acelerar el fallecimiento de una persona mediante una determinada acción; y la segunda, a omitir una terapia que debe ser aplicada la cual prolongaría la vida del paciente.
Por extensión se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue.
La ortotanasia se distingue de la eutanasia en que la primera nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del paciente.
CRITERIO PARA LA TOMA DE DECISIONES
MISTICA EN EL EJERCICIO DE LA ENFERMERIA
Esta profesión inminentemente humanista es decir, que se preocupa del hombre del punto de vista holístico integral que cumple con alguna característica que se aprecia claramente y otras no tanto, siendo inminentemente una profesión de servicio a la comunidad, de carácter colectivo que posee un conocimiento adecuado para la ejerción de éste.
El rol profesión de la enfermera es el conjunto de comportamiento, habilidades, actitudes y valores que la sociedad espera de estas profesionales, centrándose en el cuidado de las vidas humanas a través de todas las etapas de la vida del individuo, sin dejar de lado la atención a la comunidad y familia, este rol se caracteriza por: Ser Humanitario, Tener Empatía, Principios Éticos y Espiritualidad.
SECRETO PROFESIONAL
Según Larousse Diccionario (2001).
Se entiende como secreto profesional aquello que se mantiene oculto a los demás y surge del ejercicio de la profesión, es decir, en el caso de las profesiones sanitarias, de la comunicación privilegiada profesional de salud-paciente, por lo que constituye una obligación moral para el profesional de salud guardar en secreto las confidencias conocidas en el ejercicio de la profesión.
Es la confidencialidad de alguna información que se le proporciona a alguna persona esperando su discreción, en pocas palabras, es algo oculto, escondido y separado del conocimiento de los demás que el profesional de salud o de enfermería debe salvaguardar para la protección, amparo y honor del usuario. Este secreto profesional se encuentra sustentado legalmente en el Código Deontológico de Enfermeras de Venezuela en su Título III Capítulo VI y en La Ley Del Ejercicio Profesional de la Enfermería Capitulo V Del Secreto Profesional.
EXISTEN TRES CLASES DE SECRETOS
¿Que implica saber un secreto profesional de enfermería?
1. Todo aquello que llegare a conocimiento profesional de enfermería no podrá darse a conocer, el secreto es inviolable. Sin embargo no hay violación cuando incurra en los siguientes casos:
2. El Secreto profesional es inseparable al ejercicio de enfermería.
3. El secreto debe guardarse por el o la profesional de enfermería aun después de la muerte del enfermo, a menos que este antes de morir haya autorizado el mismo para que lo realizara.
4. El profesional de enfermería velara por la confidencialidad de la historia clínica impidiendo ser leída por el usuario, familia o persona ajena de salud.
5. El profesional de enfermería no revelará ningún diagnóstico médico aunque este presionada por familiares u amigos del usuario.
El desempeño de los profesionales de enfermería implica un acto grado de responsabilidad, que debe realizarse de forma competente y segura, debido a que la enfermera es responsable de sus actos, en caso de producirse un daño de forma innecesaria porque la profesión es autónoma.
RESPONSABILIDAD LEGAL EN EL EJERCICIO DE ENFEMERÍA
Consiste en la obligación que tienen los profesionales de enfermería de responder por las acciones u omisiones que dentro de la práctica de enfermería, ocasionen un daño al enfermo a su vida o a su salud; a los bienes de la Institución; o bien incumplan con las funciones inherentes al cargo que desempeñan derivadas de la relación laboral, por haber actuado con negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia de los Reglamentos, u omisión.
En el tema se trata lo referente a las normas Constitucionales y Legales que tienen aplicación en la práctica de Enfermería, así como también la importancia que tiene la Convención de los Derechos Humanos y su aplicación en el ejercicio de Enfermería. Por tal motivo se desarrollan las figuras jurídicas o supuestos de hecho que no son más que las actuaciones u omisiones realizadas por los profesionales de enfermería que producen un daño a la vida o salud del enfermo o usuario, contra viniendo la diligencia, la prudencia y la pericia que se debe tener al ejercer la profesión.
FIGURAS JURÍDICAS APLICABLES A LA PRÁCTICA ENFERMERÍA
Las Figuras Jurídicas se consideran como los supuestos legales dentro de los cuales, pueden en marcarse aquellas actuaciones profesionales que al ser contrarias a la Ley, han producido un daño a una persona, a los bienes de la institución, a su nombre y también, cuando existe un mal desempeño profesional en los deberes que deben cumplir las enfermeras (os) de acuerdo al cargo que nominalmente desempeñan.
SANCIONES
Se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye a la infracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, puede haber sanciones penales o penas; sanciones disciplinarias y sanciones administrativas.
Sanción Disciplinaria:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 28 refleja que las sanciones disciplinarias son penadas de las siguientes formas:
1. Amonestación escrita.
2. Exclusión o privación de honores, derechos y privilegios de carácter gremial o profesional.
Son competentes para la aplicación de las sanciones disciplinarias, los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Profesionales de la Enfermería, y de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería, de acuerdo con las disposiciones previstas en esta Ley y en su Reglamento. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 31)
Sanción Administrativa:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 29 refleja que las sanciones administrativas son penadas de las siguientes formas:
1. Multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.).
2. Suspensión del ejercicio profesional de la enfermería hasta por dos años.
Son competentes para la aplicación de las sanciones administrativas, el Ministro con competencia en materia de salud, o el funcionario a quien éste autorice expresamente mediante resolución especial. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 32)
En otro aspecto: Las sanciones disciplinarias y las administrativas se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar, como consecuencia de la acción, omisión, impericia, imprudencia o negligencia en el ejercicio profesional.(Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 30).
Las Sanciones Penales:
La aplicación de alguna de estas sanciones penales estará a cargo de un Organismo de Justicia del Estado y se dictará la sentencia necesaria rigiéndose del Código Penal Venezolano.
La Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Articulo 33 expresa: “El Colegio de Profesionales de la Enfermería al tener conocimiento sobre infracciones de las disposiciones contenidas en esta Ley, así como de las normas de ética profesional, lo remitirá al Tribunal Disciplinario respectivo, el cual procederá a la apertura de una investigación a los efectos de establecer la responsabilidad del caso. Cuando el resultado de la investigaciónconcluya con la existencia de indicios de responsabilidad penal, el Tribunal Disciplinario deberá remitir el expediente correspondiente a las autoridades competentes. En todo caso, el procedimiento a seguir deberá quedar claramente establecido en el Reglamento de esta Ley, aprobado por la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de Venezuela”.
Artículo 34.- A los reincidentes podrá imponérseles hasta el doble de la sanción prevista en el artículo 29 de esta Ley.
¿Quiénes También pueden ser Sancionados?
CONCLUSIÓN
En conclusión, es de gran importancia como profesionales de la salud saber los dilemas éticos a los cuales podemos estar expuestos cada día de nuestra labor como miembros participantes en la recuperación de los usuarios. Debemos saber cómo manejar estas situaciones de la manera más apropiada y entender como sobrellevarlas. Los enfermeros debemos siempre aumentar nuestra empatía con los usuarios pero respetando los límites necesarios, evitando así el exceso de confianza usuario-profesional.
Tenemos que comprometernos a instruirnos en cuales son y no son las competencias de nuestra labor, porque podemos afectar la vida de un paciente y la nuestra propia. Analizar y leer las leyes que nos rigen como La Ley del Ejercicio Profesional de La Enfermería, El código Deontológico de Enfermeras y también El Código Penal Venezolano que nos demuestran que tipos de sanciones existen y cuales serian las supuestos legales por el cual nos juzguen (negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) que son prácticas contrarias y son severamente castigadas por la ley.
BIBLIOGRAFIA
Fernández, M.; López, L. y Méndez, L. Manual de Enfermería (ed. 2008). Madrid- Barcelona.
Comité Ejecutivo de la Federación de Colegios de Enfermeras de Venezuela. Código Deontológico de Enfermeras de Venezuela (ed. 2006) Venezuela- Caracas.
Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. (2005) Venezuela- Caracas.
Revista de Enfermería. (2007). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://www.encolombia.com/medicina/enfermeria/REVISTA10_2_2007/Dilemas_y_Toma_decisiones.htm. Consultado: Enero 2014.
Definición.de (2008). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://definicion.de/eutanasia/. Consultado: Enero 2014.
Wikipedia (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Ortotanasia. Consultado: Enero 2014.
Tanatopedia (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://es.tanatopedia.net/index.php/Distanasia. Consultado: Enero 2014.
El Rincón del Vago. [Pagina web en línea]. Disponible en: http://html.rincondelvago.com/enfermeria-profesional.html. Consultado: Enero 2014.
Blogger (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://yolandacoraspe.blogspot.com/2013/02/responsabilidad-legal-en-el-ejercicio.html. Consultado Enero 2014

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